lunes, 14 de noviembre de 2011

NOTA DE PRENSA DE LA ANDC

  
JUEVES 17 EN LA CAMARA DE COMERCIO
 
ANDC ORGANIZA CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE PROTECCION DE DATOS PERSONALES

La Asociación Nacional de Defensa del Consumidor –ANDC Perú-, organiza la III Conferencia Internacional “Hacia el Cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales, Gestión de la Seguridad de la Información e Implementación ISO 27000”, la misma que tendrá lugar el jueves 17 de noviembre  del año en curso a las 9:30 horas, en la Sala Multifuncional A de la Cámara de Comercio de Lima, Av. Giuseppe Garibaldi 396, Jesús María
 
Con el evento la ANDC pretende contribuir a disminuir las experiencias negativas con el tratamiento de la información y que se cumpla con proteger a los ciudadanos de un mal manejo de su información personal que se recopila por empresas de todos los sectores, se analizará diversas legislaciones respecto al uso responsable de datos personales como el 'derecho al olvido', que se basa en que una persona pueda eliminar la información que sobre ella se difunde en Internet.

¨Lo primordial de la protección de datos personales son las personas; si la nueva Ley 29733 no cumple con garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos personales, previsto en el artículo 2 numeral 6 de la Constitución Política del Perú, carecerá de eficacia y el otro aspecto es que si las personas no protegen sus propios datos por más esfuerzos que se hagan esta ley no alcanzaría su objetivo¨sentenció la abogada Rosa María Apaza Estaño, Presidente de la ANDC Perú.
 
Participan como expositores Cedric Laurant de Bélgica (UE-EU), Marcelo Rodriguez de Argentina, Alvaro Soto de Colombia, José Quiroga León, Director Nacional de Justicia del MINJUS y Rosa María Apaza Estaño de Perú.
 
Los temas a desarrollarse son: Gestión de Seguridad de la Información e Implementación de la Norma ISO 27000 en Sistemas de Información Gubernamentales, Defensa de la Privacidad del Consumidor y la Protección de Datos Personales, las tendencias de la evolución de la protección de datos en América latina a la luz de los últimos desarrollos en los Estados Unidos y la Unión Europea, Ciberguerra: cómo el siglo XXI cambió el panorama mundial sobre defensa, seguridad nacional y protección de información e infraestructura crítica. Qué sucede ahora y en el posible futuro?

Las vacantes son limitadas, los interesados podrán inscribirse llamando al 995918580, RPM *995918580 o escribiendo al E-mail:    andcperu@gmail.com

miércoles, 9 de noviembre de 2011

CONFERENCIA INTERNACIONAL PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES -ISO 27000

ASOCIACIÓN NACIONAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
–ANDC Perú-

III CONFERENCIA INTERNACIONAL

“Hacia el Cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales, Gestión de la Seguridad de la Información e Implementación ISO 27000”

La Asociación Nacional de Defensa del Consumidor –ANDC Perú-, tiene el agrado de invitar a usted a la III Conferencia Internacional “Hacia el Cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales, Gestión de la Seguridad de la Información e Implementación ISO 27000”el mismo que tendrá lugar el jueves 17 de noviembre  del año en curso a las 9:30 horas, en la Sala Multifuncional A de la Cámara de Comercio de Lima, Av. Giuseppe Garibaldi 396, Jesús María

EXPOSITORES
Cedric Laurant UE – USA
Marcelo Rodriguez Argentina
Rosa María Apaza ANDC Perú
Alvaro Soto Colombia

Inauguración

José  Alvaro Quiroga León 
Director Nacional de Justicia MINJUS  - Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales

TEMARIO
Gestión de Seguridad de la Información e Implementación de la Norma ISO 27000 en Sistemas de Información Gubernamentales
Las tendencias de la evolución de la protección de datos en América latina a la luz de los últimos desarrollos en los Estados Unidos y la Unión Europea
Ciberguerra: cómo el siglo XXI cambió el panorama mundial sobre defensa, seguridad nacional y protección de información e infraestructura crítica. Qué sucede ahora y en el posible futuro?

Defensa de la Privacidad del Consumidor y la Protección de Datos Personales

INVERSIÓN 
Público en General                   S/. 80 soles
Funcionarios Gubernamentales S/. 60 soles
Socios  CCL y ANDC                 S/. 40 soles
Corporativa                              S/. 50 soles

Informes e Inscripciones: 
Teléfono:    995918580 RPM *995918580
E-mail:    andcperu@gmail.com
Facebook Asociación Nacional de Defensa del Consumidor –ANDC Perú-

lunes, 7 de noviembre de 2011

III CONFERENCIA INTERNACIONAL el JUEVES 17 de Nov. de 9.30am a 12.30m

ASOCIACIÓN NACIONAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
–ANDC Perú-

III CONFERENCIA INTERNACIONAL

“Hacia el Cumplimiento de la Protección de Datos Personales, Gestión de la Seguridad de la Información e Implementación ISO 27000”

La Asociación Nacional de Defensa del Consumidor –ANDC Perú-, tiene el agrado de invitar a usted a la III Conferencia Internacional “Hacia el Cumplimiento de la Protección de Datos Personales, Gestión de la Seguridad de la Información e Implementación ISO 27000”el mismo que tendrá lugar el jueves 17 de noviembre  del año en curso a las 9:30 horas, en la Sala Multifuncional A de la Cámara de Comercio de Lima, Av. Giuseppe Garibaldi 396, Jesús María

EXPOSITORES
Cedric Laurant UE – USA
Alvaro Soto Colombia
Marcelo Rodriguez Argentina
Rosa María Apaza ANDC Perú

TEMAS

·      Gestión de Seguridad de la Información e Implementación de la Norma ISO 27000 en Sistemas de Información Gubernamentales
·      Evolución Histórica del Derecho a la Privacidad y la Protección de Datos Personales en el Mundo.
·      Gestión de Seguridad de la Información y su Relación con la Ley de  Protección de Datos Personales
·      Defensa de la Privacidad del Consumidor y la Protección de Datos Personales

INVERSIÓN 
Público en General                   S/. 80 soles
Funcionarios Gubernamentales S/. 60 soles
Socios                                     S/. 40 soles

Informes e Inscripciones: 
Teléfono:    995918580 RPM *995918580
E-mail:    andcperu@gmail.com
Facebook Asociación Nacional de Defensa del Consumidor –ANDC Perú-

CONFERENCIA INTERNACIONAL PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES -ISO 27000

ASOCIACIÓN NACIONAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
–ANDC Perú-

III CONFERENCIA INTERNACIONAL

“Hacia el Cumplimiento de la Protección de Datos Personales, Gestión de la Seguridad de la Información e Implementación ISO 27000”

La Asociación Nacional de Defensa del Consumidor –ANDC Perú-, tiene el agrado de invitar a usted a la III Conferencia Internacional “Hacia el Cumplimiento de la Protección de Datos Personales, Gestión de la Seguridad de la Información e Implementación ISO 27000”el mismo que tendrá lugar el jueves 17 de noviembre  del año en curso a las 9:30 horas, en la Sala Multifuncional A de la Cámara de Comercio de Lima, Av. Giuseppe Garibaldi 396, Jesús María

EXPOSITORES
Cedric Laurant UE – USA
Alvaro Soto Colombia
Marcelo Rodriguez Argentina
Rosa María Apaza ANDC Perú

TEMAS

·      Gestión de Seguridad de la Información e Implementación de la Norma ISO 27000 en Sistemas         
      de Información Gubernamentales
·      Evolución Histórica del Derecho a la Privacidad y la Protección de Datos Personales en el Mundo.
·     Gestión de Seguridad de la Información y su Relación con la Ley de  Protección de Datos  
     Personales
·      Defensa de la Privacidad del Consumidor y la Protección de Datos Personales


Informes e Inscripciones: 
Teléfono:    995918580 RPM *995918580
E-mail:         andcperu@gmail.com

viernes, 2 de septiembre de 2011

Programa Radial En Defensa del Consumidor

Todos los jueves a las 11am en Radio Oasis y Radio El Pueblo EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR con la abogada Rosa María Apaza Estaño, gracias a la Asociación Nacional de Defensa del Consumidor -ANDC Perú- y los domingos a las 10pm en Radio Melodía.
Escúchanos por internet http://www.radiooasisperu.com/

Participa con nosotros con tus comentarios, consultas y denuncias.

Los métodos abusivos en las cobranzas de deudas de los consumidores, a la luz del nuevo código del consumidor


El 02 de Setiembre del presente año, el diario Oficial El Peruano, publicó la Ley Nº 29571 que es el tan esperado Código de Protección y Defensa del Consumidor, el mismo que entra en vigencia 30 días después de su publicación, es decir desde este 03 de Octubre, con excepción de algunas disposiciones que serán reglamentadas en un plazo de 180 días desde la vigencia de la citada norma.

Al respecto, es preciso revisar las normas del presente Código para así cumplir con sus obligaciones y evitar el pago de multas por infracciones que pueden llegar hasta 450 UIT (1 millón 620 mil nuevos soles).

En ese sentido, en el artículo 62º referido sobre los métodos abusivos en las cobranzas, es importante tener en consideración que está prohibido enviar al deudor o a su garante documentos que aparenten ser notificaciones o escritos judiciales. A esta restricción habría que ponerle especial atención para las futuras cartas de cobranza extrajudicial, que se expidan a partir de la fecha, teniendo el cuidado de no darle ninguna apariencia de ultimátum o amenaza al deudor en caso no pagase su deuda, para no incurrir en esa infracción.

También está considerado infracción al Código de Consumidor:

Realizar llamadas telefónicas en los horarios comprendidos entre las 20:00 y 07:00 ó en los días sábados, domingos o feriados, colocar o exhibir a vista del público carteles o escritos en el domicilio del deudor o del garante; ubicar a personas con carteles alusivos a la deuda con vestimenta inusual o medios similares en las inmediaciones del domicilio del deudor o su centro de trabajo.

Difundir a través de los medios de comunicación nóminas de deudores y requerimientos de pago sin mediar orden judicial.

El artículo 62º también señala la prohibición de enviar comunicaciones o realizar llamadas a terceros ajenos a la deuda del consumidor; sobre esta restricción se puede afirmar que está relacionada también al envío de cartas de cobranza extrajudicial a los domicilios de los familiares más cercanos del deudor a modo de ejercer una mayor presión para el pago.

En tal virtud, las empresas para cumplir con los estándares que plantea el nuevo Código de Consumo, deberán suprimir ciertos términos de carácter coercitivo a sus cartas de cobranza previamente redactadas. Asimismo, deberán limitarse a enviar los documentos de cobranza única y exclusivamente al deudor o su garante si lo hubiere, salvo que este haya consignado en el contrato que originó la deuda, algún otro domicilio.

CONCLUSIÓN
El Código de Consumo ya está vigente desde el pasado 03 de octubre, por lo que las compañías deben tener cuidado en no incurrir en las infracciones señaladas anteriormente.